Cuántas máquinas recreativas puedo poner en un bar

Para poder instalar una máquina recreativa en un bar, debes contactar con un operador de máquinas recreativas, como Jomesa, que se asegurarán de que la máquina haya pasado todos los controles, tenga las licencias y permisos necesarios.

Esto es muy importante, porque el establecimiento puede ser multado si se descubre que la máquina no tiene permisos y estos deben de estar perfectamente visibles, normalmente en un lateral o en la parte trasera de la máquina, a disposición de cualquier inspección que acuda a comprobarlo y también, de cualquier cliente que quiera estar seguro de que se juega su dinero en una máquina con todas las garantías.

¿Tengo que cumplir algún requisito previo para colocar máquinas tragaperras?

El único requerimiento para poner una maquina tragaperras en un bar es disponer de un enchufe para poder conectarla y  un lugar visible, accesible y atractivo para el cliente en el que colocarla.

El mismo operador de la máquina puede recomendarte, en función de su experiencia, el lugar más adecuado para colocar la máquina y qué máquina puede ser más rentable para tu establecimiento. Esto es importante porque cuanto mejor situada esté, más posibilidades hay de que los clientes jueguen y que, por tanto, haya más beneficios para tu negocio.

Ver Montar máquinas tragaperras en un bar. 10 Preguntas Frecuentes

¿Puedo poner más de una máquina recreativa en mi bar?

La cantidad de maquinas recreativas que puedes poner en un bar, según el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, dependen de tres factores fundamentalmente:

  • Superficie
  • Número de jugadores por maquina
  • Tipo de establecimiento

Sólo podrá autorizarse la instalación de máquinas de tipo B en los locales y dependencias destinados a la actividad pública de bar o cafetería, y están sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas como tales.

  • Si el establecimiento dedicados a la hostelería y restauración tienen una superficie útil de más de 50 metros cuadrados, se pueden instalar hasta 3 máquinas recreativas de tipo B, siempre y cuando pueda participar solo un jugador. O bien, se puede instalar una máquina recreativa tipo B si interviene solo un jugador, y otra máquina de tipo B si intervienen como máximo de dos jugadores.
  • En los establecimientos dedicados a bares musicales, café teatro, restaurante musical,…se podrán instalar dos máquinas recreativas de tipo B, o bien, si pueden intervenir como máximos dos jugadores, se instalará sólo una máquina recreativa tipo B.

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¿Cómo se reparte el dinero de la máquinas tragaperras?

El reparto de las ganancias es totalmente transparente. Del dinero que se obtiene en el momento de contar la recaudación, se separa la cantidad destinada a impuestos y gastos, junto con la cantidad acordada con el operador como alquiler.

El resto,  se reparte entre la empresa propietaria de la máquina y el dueño del local, normalmente al cincuenta por ciento.

Ver Cuánto te pagan por poner una máquina recreativa en tu bar

Documentación obligatoria a conservar en el local.

En todo momento deberán hallarse en el local donde estuvieren en explotación las máquinas:

a) Autorización de instalación para bares en lugar visible del local, junto a la máquina o máquinas, y accesible para su comprobación por los agentes de la autoridad.

b) Un ejemplar del Reglamento, que deberá estar a disposición del usuario que lo solicite.

c) El libro de inspección e incidencias, legalmente establecido.

Dónde no pueden instalarse máquinas recreativas

No podrán instalarse máquinas recreativas de tipo B en los bares de estaciones de ferrocarril, aeropuertos, centros comerciales, o similares, cuando el local propiamente dedicado a bar no se encuentre cerrado y aislado del público de paso.

Tampoco podrán autorizarse en losestablecimientos temporales que se instalen en vías públicas, playas o zonas de recreo.

Asimismo, en ningún caso podrán situarse en terrazas y zonas que sean de ocupación de vías públicas.

Prohibiciones en el uso de máquinas tragaperras.

A los operadores de las máquinas, al titular del establecimiento donde se hallen instaladas, y al personal a su servicio les queda prohibido, por sí o a través de Terceros:

a) Usar las máquinas de los tipos «B» y «C», en calidad de jugadores.

b) Conceder créditos o dinero a cuenta a los jugadores. Si estás pensando en montar un bar y quieres instalar máquinas recreativas o está a punto de caducar tu contrato y quieres tener nuevas opciones, contacta con nosotros en el 639 302 650 y te informamos sin compromiso

c) Conceder bonificaciones o jugadas gratuitas al usuario.

Si estás pensando en montar un bar y quieres instalar máquinas recreativas o está a punto de caducar tu contrato y quieres tener nuevas opciones, contacta con nosotros en el 639 302 650 y te informamos sin compromiso.

Instalamos maquinas recreativas en Barcelona, Tarragona y Lleida y cientos de vares como el tuyo que confían sus máquinas  recreativas en Jomesa.

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